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No existe inhabilidad para que un contador público acepte un encargo en la sociedad de un familiar (9:47 a.m.)

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28 de Diciembre de 2017

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Para que se configure una inhabilidad en el ejercicio profesional del contador público, como sería el caso de aceptar el cargo en una sociedad de un familiar, la misma debe ser expresa, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En este evento, no existe disposición que materialice una inhabilidad. Sin embargo, es importante tener en cuenta las posibles amenazas que afectarían de manera directa la objetividad del encargo, debido a que se podría configurar un conflicto de interés. Por lo tanto, es responsabilidad del contador definir y aplicar salvaguardas para garantizar su independencia.    

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