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Negar acuerdos de accionistas a través de los estatutos es contrario a derecho (9:23 a.m.)

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08 de Junio de 2018

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Los acuerdos de accionistas pactados en los estatutos sociales no forman parte de los mismos, pues tienen un reconocimiento legal autónomo al contrato de sociedad, en la medida en que son un instrumento que les permite de manera independiente acordar unas determinadas condiciones para ejercer sus derechos frente a la sociedad. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Sociedades, se trata de un derecho que la ley les reconoce a los asociados y su negación por vía estatutaria no solo resulta ajena a las reglas del artículo 110 del Código de Comercio, sobre cláusulas accidentales, sino contrario a derecho. 

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