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Minhacienda define nuevas tarifas de retención en la fuente

Minería, energía, construcción y agro lideran sectores con mayores ajustes en retención.
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29 de Mayo de 2025

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El Ministerio de Hacienda expidió un decreto que modifican las tarifas de autorretención en la fuente aplicables desde el 1° de junio del 2025. La medida tiene como fin anticipar el recaudo del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025 y disminuir el monto del anticipo que los contribuyentes deberán pagar en 2026.  Según el documento, esta estrategia busca suavizar el comportamiento de los ingresos tributarios, haciéndolos más predecibles y ajustados a la dinámica económica.

Sectores económicos con mayor impacto

Entre las actividades con mayor ajuste en las tarifas se encuentran la extracción de oro, gas natural y otros minerales, así como la generación eléctrica y la producción de gas, con un nuevo porcentaje del 4,5 %. También están incluidas actividades como distribución de agua, tratamiento de aguas residuales y recolección de residuos no peligrosos. En el sector de la construcción, la autorretención sube al 3,5 % para proyectos de edificaciones, infraestructura vial y obras civiles. (Lea: Aumentar impuesto al oro pondría en riesgo formalidad y seguridad nacional: Analdex).

El Gobierno nacional espera recaudar de forma anticipada cerca de $ 8 billones mediante esta actualización. La medida se inscribe en el contexto de un déficit fiscal de aproximadamente $ 13 billones, producto de la caída de la última propuesta de reforma tributaria. El ajuste no solo busca mejorar la eficiencia del recaudo, también fortalecer las finanzas públicas en un escenario de recuperación económica.

Cambios en el cálculo del anticipo

Se establece que los contribuyentes del impuesto sobre la renta deben pagar un anticipo del 75 % del impuesto correspondiente al año siguiente. Para quienes declaren por primera vez, el porcentaje será gradual: 25 % el primer año, 50 % el segundo y 75 % a partir del tercero. Esta modificación permite, dice el decreto, equilibrar el flujo de caja empresarial en el corto y mediano plazo y facilita la planeación financiera. (Lea: PÓDCAST: ¿Qué implicaría la aprobación del decreto que aumenta ciertas retenciones y autorretenciones en la fuente?)

Nuevos umbrales para aplicar retención en la fuente

Además del cambio en la autorretención, el decreto establece que no se practicará retención en la fuente por pagos individuales inferiores a dos unidades de valor tributario (UVT). En cuanto a la compra de productos agrícolas y pecuarios sin procesamiento, no habrá retención si el valor no supera 70 UVT; si excede ese umbral, se aplicará una tarifa del 1,5 %. Estas reglas buscan ampliar la base gravable sin afectar a pequeños productores.

Alineación con la realidad económica

El decreto toma en cuenta el buen desempeño de sectores como agroindustria, construcción e industria para establecer las nuevas tarifas. Además, responde a fallos judiciales que modificaron el tratamiento de las regalías como deducción, afectando especialmente a empresas extractivas. Así, se busca que el recaudo anticipado sea proporcional a los ingresos reales de cada actividad productiva.

Reacciones al decreto

De acuerdo con Lisandro Junco, exdirector de la Dian, esta medida impone nuevas tarifas de retención en la fuente a sectores clave de la cadena alimentaria, como la agricultura, el comercio minorista, la producción de alimentos procesados y el transporte de carga. Estas tarifas, que oscilan entre el 0,55 % y el 3,50 %, reducen el flujo de caja de productores y comerciantes, quienes probablemente trasladarán ese incremento al consumidor final. Como resultado prevé un aumento de entre 0,1 y 0,3 puntos porcentuales en la inflación alimentaria.

Por su parte, Bruce Mac Master, presidente de la Andi, advirtió que el sector productivo colombiano enfrenta una persecución evidente, pues las empresas tendrán que pagar en 2025 impuestos mucho mayores a los permitidos por la normativa actual si se modifica la norma de retención en la fuente y autorretención. Señaló que el Gobierno planea usar en 2025 recursos destinados para 2026, lo que provocará un desfinanciamiento futuro y obligará a las empresas a endeudarse, afectando negativamente la inversión y la economía.

José Manuel Restrepo, exministro de Hacienda, cuestionó con dureza el Decreto 572, lo calificó como una reforma tributaria encubierta que traslada ingresos del 2026 al 2025. Según Restrepo, esta decisión compromete la liquidez empresarial, especialmente de las micro y pequeñas empresas, forzándolas a endeudarse y poniendo en riesgo el empleo. Además, advirtió que esta maniobra deja una “bomba fiscal” al próximo Gobierno, al anticipar recursos en una proporción que generará un gran déficit en 2026.

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