Miembro de junta directiva puede ser nombrado como representante legal principal o suplente (3:59 p.m.)
08 de Marzo de 2019
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Nota:
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La designación del representante legal le corresponde a la junta directiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 400 del Código de Comercio, sin perjuicio de que tal designación quede en cabeza de otro órgano colegiado como lo es la asamblea de accionistas, al ser el máximo órgano de administración de la sociedad. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Sociedades, la asamblea tiene la capacidad para elegir tanto a representantes principales como suplentes e igualmente podrá proveer estos cargos con los criterios que estime suficientes, ciñéndose a los estatutos sociales, de manera que si estos no disponen prohibición expresa un miembro de junta directiva puede ser nombrado como representante legal principal o suplente.
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