Tributario
Mañana empieza periodo de declaración y pago del impuesto sobre la renta
08 de Agosto de 2013
Desde mañana y hasta el 6 de septiembre, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas deberán declarar y pagar el impuesto sobre la renta del año gravable 2012, según los dos últimos dígitos del NIT, recordó la DIAN.
Si no se cumple oportunamente con esta obligación, los contribuyentes deberán asumir una sanción correspondiente al 5 % del total del valor del impuesto por pagar (la sanción mínima es de 268.000 pesos) y los intereses moratorios respectivos, a la fecha en que se realice el pago.
Con el propósito de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos, desde comienzos de julio, la entidad puso a disposición el programa “Ayuda Renta”, en su portal www.dian.gov.co.
Las personas naturales, sucesiones ilíquidas o asimiladas no obligadas a llevar libros de contabilidad deberán declarar en el formulario 210. Por su parte, las personas obligadas a llevar libros de contabilidad deberán declarar en el formulario 110.
Si se está obligado a presentar declaraciones de manera virtual, se deben utilizar los servicios en línea para la presentación y pago a través del sitio web de la DIAN.
Quienes no son declarantes virtuales pueden utilizar el servicio de diligenciamiento de declaraciones del portal de la DIAN o emplear los formularios litográficos, que se deben adquirir en puntos autorizados.
Los residentes en el exterior podrán presentar la declaración ante el cónsul del país de residencia o hacerlo en forma electrónica, si están señalados como obligados por ese medio.
El pago del impuesto y el anticipo se podrá realizar en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano o en el país de residencia.
(DIAN, comunicado, ago. 3/13)
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