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Tributario


Las implicaciones administrativas de la reforma tributaria

30 de Octubre de 2012

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Nota:
25622

 

Por Julio Roberto Piza R.

Profesor de Derecho Tributario

Universidad Externado de Colombia

 

 

Aun cuando la reforma tributaria se concentra en el diseño de los impuestos más importantes (renta e IVA) y tan solo incluye marginalmente algunas normas procedimentales, las implicaciones que tendría, tanto en el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes como en las funciones de recaudo y control por parte de la DIAN, serían muy significativas.

 

En efecto, la clasificación de las personas naturales según el tipo de ingresos y la actividad económica de la cual derivan sus rentas, por un lado, y la simplificación de los mecanismos de liquidación del impuesto, por el otro, facilitan el cumplimiento de las obligaciones para los contribuyentes, pero exigen un mayor control administrativo por parte de la DIAN. Sin embargo, este control sería masivo, fundado en las exigencias de información por parte de la DIAN, más que en acciones puntuales de fiscalización.

 

La compensación de los saldos a favor en el IVA con los saldos por pagar en el impuesto sobre la renta y los cambios en la periodicidad en el IVA, si bien pueden generar efectos en el flujo de los exportadores y de los productores de bienes exentos, alivian los trámites para los demás responsables y contribuyentes y le ahorran a la DIAN costos administrativos en uno de los cuellos de botella en donde se ha visto abrumada con las solicitudes de los contribuyentes que exceden su capacidad de control.

 

Las medidas antielusión, más dirigidas a limitar los mecanismos de planificación tributaria basados en el uso de las formas jurídicas, exigirán también una DIAN mejor preparada para aplicar los instrumentos contra el abuso de la norma para evitar que, por el contrario, generen largos procesos litigiosos.

 

Como bien lo anuncia el Gobierno en el proyecto, quedan pendientes las normas de retención en la fuente que deberán adecuar esta nueva estructura de las cargas tributarias mediante el uso de sus competencias reglamentarias.

 

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