Las facturas que soporten el reclamo de impuestos descontables por las operaciones con no residentes o no domiciliados en el país deben dar certeza de ese hecho (4:09 p.m.)
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29 de Abril de 2010
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El Consejo de Estado reiteró que el contrato celebrado con extranjeros es una de las pruebas para la procedencia de los impuestos descontables, puesto que es un documento equivalente a la factura en tales operaciones y sirve de sustento para respaldar los impuestos descontables en IVA. De igual forma, recordó que esa realidad negocial puede demostrarse a través de otros medios probatorios, como las facturas, que permitan tener certeza de la operación y su cuantía. En este pronunciamiento, el consejo aclaró que las facturas que se pretendan hacer valer para reclamar impuestos descontables deben dar certeza de dichas operaciones, estar debidamente contabilizadas y ser correctamente aportadas. Con estos argumentos, la Sección Cuarta se negó a valorar las facturas aportadas por Drummond Ltda. para que se le reconociera el IVA descontable originado en retenciones practicadas a extranjeros, porque no fueron aportadas en idioma castellano (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
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