Jefes de las divisiones de gestión de fiscalización son competentes para proferir pliegos de cargos (7:10 a.m.)
23 de Febrero de 2018
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Nota:
59844
Así lo aclaró la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al examinar, en un recurso de apelación, el cargo que pretendía la declaración de nulidad del pliego de cargos y la resolución sanción formulados a un contribuyente por el Jefe de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla. Según el alto tribunal, este funcionario sí es competente para proferir, entre otros actos, los pliegos de cargos que, por tratarse de actos de trámite que no tienen carácter definitivo, no son pasibles de ser demandados ante la jurisdicción (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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