JCC hace precisiones sobre inscripción de contadores y registro de entidades que presten servicios contables (3:28 p.m.)
19 de Agosto de 2016
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Nota:
124087
Adicional a la Resolución 973 del 2015, con la cual se reguló la inscripción de los contadores y el registro de las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, entre otros aspectos, la Junta Central de Contadores (JCC) aclaró dichos procedimientos en dos aspectos: la entrega posterior a la orden de archivo físico de la tarjeta de registro a los solicitantes y la modificación del registro profesional para entidades. En el primer punto, la entidad adopta un procedimiento para la entrega del documento solicitado con posterioridad a la orden de archivo físico, uno para el caso que sea en la sede principal u oficinas seccionales de la JCC y otro en caso que se indique dirección diferente. Cuando las modificaciones conlleven un cambio en los datos contenidos de la tarjeta, este generará un costo para el usuario y, en consecuencia, se deberá acreditar el pago del valor del trámite, según lo establecido en el artículo 16 de la resolución mencionada. Para el caso de las entidades prestadoras de servicios contables que realicen modificaciones a la información registrada en la Junta, estas se encuentran obligadas a actualizar dicha situación dentro del mes siguiente a su aprobación.
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