Incentivos tributarios para el retorno de colombianos aplica individualmente por cada cónyuge o compañero permanente
24 de Julio de 2020
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Nota:
117260
La Ley 1562 del 2012, por la cual se crean incentivos aduaneros, tributarios y financieros para los colombianos que voluntariamente deseen retornar al país, no prevé ningún tratamiento o limitación especial para los cónyuges o compañeros permanentes, por lo que no es viable al intérprete restringir el alcance de estas medidas y, en ese sentido, debe entenderse que la aplicación de los requisitos que prevé la disposición para el acceso a los mencionados incentivos es de manera individual, precisó la Dian. Así las cosas, los incentivos tributarios podrán aplicarse individualmente por cada cónyuge o compañero permanente colombiano residente en el exterior que pretenda acogerse a ellos, siempre y cuando cumpla los requisitos y condiciones señalados.
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