Incentivo tributario para hoteles en municipios con menos de 200.000 habitantes no necesita decreto reglamentario (4:33 a.m.)
05 de Febrero de 2018
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Nota:
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Así lo aclaró el Gobierno, indicando que dicho mecanismo fue establecido en la pasada reforma tributaria (Ley 1819 del 2016). El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que “quienes construyan nuevos hoteles en los próximos 10 años en los municipios del país con menos de 200.000 habitantes tienen garantizada una tarifa del 9 % del impuesto de renta hasta por 20 años”. El Ministerio de Comercio recordó que los empresarios que se acojan a este beneficio deben estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo y estar al día con sus aportes parafiscales. Para la obtención de este beneficio la Dian, por su lado, verificará que los nuevos hoteles cuenten con la siguiente documentación: (i) Certificación expedida por el Mincomercio acerca de la prestación de servicios turísticos en el establecimiento hotelero nuevo, (ii) Certificación expedida por la curaduría urbana por la secretaría de planeación o por la entidad que haga sus veces en el domicilio del inmueble, en la cual conste la aprobación del proyecto de construcción del establecimiento hotelero nuevo y la (iii) Certificación del representante legal y del revisor fiscal o contador público, según el caso, en la cual conste que el valor de las rentas solicitadas con tarifa del 9 %, en el respectivo año gravable, corresponden a servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos a entre el 1° de enero del año 2017 y el 31 de diciembre del 2027 y que lleva contabilidad separada de los ingresos por servicios hoteleros y de los originados en otras actividades.
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