Importante aclaración de la Sección Cuarta sobre la renta por comparación patrimonial
06 de Abril de 2020
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Nota:
115824
La renta por comparación patrimonial permite gravar la renta originada en la variación del patrimonio de un periodo a otro, derivada de la omisión de ingresos percibidos y no declarados por el contribuyente. En efecto, una providencia de la Sección Cuarta del Consejo de Estado señala que aunque la Dian debe determinar la renta por comparación patrimonial con base en los datos declarados por el contribuyente, el artículo 236 del Estatuto Tributario permite que el contribuyente demuestre las causas que justifican la diferencia, las cuales pueden estar o no reflejadas en las declaraciones (M. P. Jorge Octavio Ramírez).
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