Hoy vence plazo para declarar y pagar ReteICA del tercer bimestre 2025
Después de esta fecha se aplicarán sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios, advirtió la SDH.Openx [71](300x120)

18 de Julio de 2025
La Secretaría de Hacienda recordó a los agentes retenedores del impuesto de industria y comercio (ICA) que deben cumplir con la retención correspondiente al tercer bimestre del año gravable 2025 (mayo y junio), quienes tienen plazo hasta hoy 18 de julio para declarar y pagar su obligación. Después de esta fecha se aplicarán sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
La entidad recordó que la retención del ICA es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de Industria y Comercio que obliga a ciertos agentes autorizados por la administración distrital a descontar el valor del impuesto correspondiente a las transacciones comerciales gravadas con este tributo.
Los agentes retenedores son personas naturales o jurídicas autorizadas para aplicar retenciones que se efectúan en el momento del pago o abono en cuenta por actividades industriales, comerciales o de servicios gravadas con el impuesto, entre los que están las entidades de derecho público, intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas sujetas a retención y quienes estén catalogados como grandes contribuyentes por la Dian.
Para proceder con la declaración y pago, los contribuyentes pueden, a través del botón Pagos Bogotá, ingresar a la opción ICA-ReteICA, acceder a la Oficina Virtual, liquidar el impuesto, presentar la declaración y pagar en línea. También pueden generar y descargar el recibo para realizar el pago de forma presencial en cualquiera de las entidades bancarias autorizadas.
El pago del cuarto bimestre (julio y agosto) está programado para el 19 de septiembre del 2025, según el calendario tributario. La retención del ICA no solo asegura una recaudación anticipada del impuesto, sino que facilita a los contribuyentes cumplir obligaciones fiscales, al descontar el impuesto en el momento de la transacción.
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