Habría nuevos plazos para que las Mipymes paguen impuesto de renta este año
31 de Mayo de 2021
Sin perjuicio de la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios dentro de los plazos señalados, las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.1.13.2.2. y 2.2.1.13.2.3. del Decreto 1074 del 2015, pagarían el valor del impuesto del año gravable 2020 en una sola cuota, atendiendo al último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, entre el 9 y el 23 de noviembre del 2021. La norma regiría a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modificaría el parágrafo 4 de artículo 1.6.1.13.2.12. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016. El texto está dispuesto para consulta en el sitio web del ministerio desde el pasado 28 de mayo y se recibirán comentarios hasta mañana 1º de junio.
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