Tributario
Gestionar cobro de cartera no está dentro de las funciones del revisor fiscal
20 de Octubre de 2017
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Nota:
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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 207 del Código de Comercio, indicó que no son funciones del revisor fiscal:
- Realizar gestiones de cobro de cartera dentro de la empresa,
- Ser asesor financiero de la misma o
- Emprender labores que sean más del cargo de asesoría que de auditoría.
En el evento en que esté ejecutándolas se podría estar materializando la coadministración que, a su vez, afectaría el cumplimiento de los principios del código de ética (anexo 4 del Decreto 2420 del 2015), particularmente el de independencia.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 769, 05/09/17
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