Funciones del contador público externo se deben establecer de manera clara en el respectivo contrato (11:55 a.m.)
05 de Diciembre de 2018
Reproducir
Nota:
109868
Las relaciones entre el contador público externo y el cliente se deben determinar claramente en el contrato firmado por las partes, en el cual se deben detallar las funciones, obligaciones y entregables a que se compromete frente al usuario de sus servicios. Algunas de las funciones que se pueden prever cuando es contratado como elaborador de información financiera y registro de la contabilidad son diligenciar y mantener actualizados los libros de contabilidad, mantener la información contable al día con todos los soportes a través de digitación en software (preferiblemente de propiedad de la entidad), elaborar y presentar los estados financieros con sus correspondientes notas y con la periodicidad acordada en el contrato y preparar las declaraciones tributarias nacionales y territoriales, con los respectivos anexos.
Opina, Comenta