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Formularios para declarar el impuesto al consumo de cigarrillos no se pueden modificar arbitrariamente (3:04 p.m.)

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07 de Junio de 2018

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 213 de la Ley 223 de 1995, es competencia del Ministerio de Hacienda expedir los formularios para las declaraciones del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, sin que le sea dado a los departamentos, ni al Distrito Capital, como sujetos activos del tributo, modificarlos a su arbitrio. De otra parte, indicó la entidad, las declaraciones del impuesto al consumo son privadas, por lo que las labores de fiscalización de los departamentos deben efectuarse de manera posterior a su recepción, los departamentos no podrán negarse a recibirlas o rechazarlas. 

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