Firma del revisor fiscal con salvedades en las declaraciones tributarias es justificable (4:18 p.m.)
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13 de Abril de 2018
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Teniendo en cuenta que el objeto de la firma del revisor fiscal o contador público en las declaraciones tributarias es certificar que los libros de contabilidad se han llevado en debida forma, de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las normas vigentes sobre la materia, la Dian precisó que la firma con salvedades es justificable cuando se encuentren fallas o discrepancias en la información registrada, sin perjuicio de las sanciones por validez que pueda emitir la Junta Central de Contadores. De otra parte, señaló, en cuanto a la declaración de retención en la fuente, siendo esta de periodicidad mensual, que la firma del revisor fiscal se limita al periodo declarado.
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