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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


ExtraEstos son los cambios a la reforma tributaria que votarán las plenarias (10:46 a.m.)

20 de Diciembre de 2016

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Nota:
53543
Corresponderá a las plenarias del Legislativo el estudio de la propuesta de reforma tributaria en sus últimos debates. La ponencia trae los siguientes cambios: se modifica el límite porcentual máximo de rentas exentas, elevándolo al 40 %. En relación con los dividendos recibidos por personas naturales que provengan de utilidades que no pagaron impuesto en cabeza de la sociedad, primero se pagaría un impuesto del 35 % sobre esos dividendos, para efectos de recuperar el impuesto no pagado por la sociedad, y luego sí aplicaría la tarifa normal del dividendo del 5 % o del 10 %, según el monto de la distribución. Se aclara que los aportes a los fondos de pensiones voluntarias que gozaron de beneficios tributarios o hayan sido incluidos como renta exenta en la declaración del impuesto y que no tengan registrada una retención contingente estarán sometidos a una retención del 7 % cuando sean retirados sin el cumplimiento de las condiciones de permanencia o destinación. Esto solamente aplicaría para aportes efectuados desde el 1 de enero del 2017. Habría un periodo de transición de dos meses para que los modelos y esquemas de retención en la fuente de las empresas se adapten a las nuevas disposiciones. De igual manera, las rentas de las empresas editoriales, en los términos de la Ley 98 de 1993, estarán gravadas únicamente a la tarifa del 9 %. En consecuencia, no les aplicaría la sobretasa del impuesto sobre la renta y complementarios por los años 2017 y 2018. Se propone que la base gravable de la renta presuntiva sea del 3,5 %, de acuerdo con lo establecido por los ponentes. Se establecería una tarifa de renta preferencial por servicios hoteleros. En este orden de ideas, la renta gravada a la tarifa del 9 % operaría respecto de los servicios prestados en hoteles que se construyan o se remodelen dentro de los 10 años siguientes a la entrada en vigencia de la reforma tributaria. El cobro del impuesto al consumo del 8 % aplicable a la compra de todo tipo de motos se limitaría a las que superen los 180 c.c. Hablando del impuesto de carbono, solamente se causará en el caso de la industria de refinación de hidrocarburos y la petroquímica. Por su parte, el impuesto a las bolsas plásticas sería aplicado a cualquier adquirente, originalmente el impuesto solo se aplicaba a los productores de las bolsas. También se mantienen las modificaciones tributarias propuestas en torno al IVA del 19 %, del cual un punto porcentual tendrá destinación social específica, también se mantienen los beneficios tributarios para las empresas que se establezcan dentro de las Zomac. Se eliminó totalmente el impuesto al consumo de bebidas azucaradas, es decir, no se acogió ninguna de las proposiciones modificatorias. Conozca la ponencia completa en el documento adjunto a la presente nota.

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