Esta es la nueva reglamentación de la factura electrónica (3:59 p.m.)
25 de Noviembre de 2015
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Nota:
104187
El Gobierno acaba de reglamentar las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal. Inicialmente, aclara que esta norma aplica para las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el Estatuto Tributario (E. T.) tienen la obligación de facturar y sean seleccionadas por la Dian o que de acuerdo con el E. T. tienen la obligación de facturar y opten por el mecanismo y los que no siendo obligados a facturar opten por expedirla. De igual forma, determina las condiciones de expedición del documento (tecnológicas y de contenido fiscal). También regula lo referente a la verificación y rechazo de la misma. Por otra parte, define el procedimiento para la habilitación y fija plazos a la Dian para adecuar temas como el formato electrónico de generación XML estándar de la misma y los servicios informáticos y tecnológicos correspondientes al catálogo de participantes. Finalmente, es importante mencionar que el decreto precisa que la factura electrónica prevista en el Decreto 1929 del 2007 tendrá aplicación solamente hasta el 31 de diciembre del 2017 y deroga el Decreto 1929, a partir del 1º de enero del 2018.
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