Tributario
Envío del aviso de citación para notificación personal difiere de la notificación por correo
01 de Septiembre de 2017
La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que la introducción al correo del aviso de citación para que se surta la notificación personal de la decisión de los recursos es distinta de la notificación por correo de los demás actos de la administración.
Al respecto, ha precisado que la notificación personal presupone el envío de una citación al contribuyente para que este, a su vez, concurra a la administración dentro de los 10 días siguientes a aquel en que se introduce al correo del aviso de citación.
Ello, en sí mismo, no implica que se esté realizando una “notificación por correo”, toda vez que esta fue consagrada como mecanismo independiente y especial para un ámbito diferente, como lo es el de los actos que señala el inciso primero del artículo 565 del Estatuto Tributario. (Lea: Actuaciones administrativas enviadas por correo y devueltas pueden notificarse por la web de la Dian)
En consecuencia, esta forma de envío no constituye una notificación, sino el medio que la ley creó para que el administrado se entere y se acerque a las oficinas de impuestos para notificarse personalmente de la decisión del recurso.
Dicho de otra manera: el acto que se notifica de manera personal o, en subsidio, por edicto es el que decide el recurso y no la citación misma, pues esta hace parte del trámite de la notificación de la decisión del recurso (C. P. Milton Chaves).
Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 68001233300020130045101 (21188), 07/13/2017
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