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Tributario


Envío de aviso de citación no es notificación por correo

El acto que resuelve el recurso interpuesto debe notificarse personalmente, y, excepcionalmente, por edicto.
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04 de Octubre de 2013

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El envío del aviso de citación es el medio utilizado por la administración tributaria para que el interesado se acerque a sus oficinas con el fin de notificarse personalmente de la decisión del recurso de reconsideración.

 

Así lo reiteró la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al aclarar que tal aviso no puede considerarse una notificación por correo, teniendo en cuenta que el acto que resuelve el recurso interpuesto debe notificarse personalmente, y, excepcionalmente, por edicto.

 

En cuanto al silencio administrativo positivo, el fallo precisa que la acción de nulidad y restablecimiento del derecho no es idónea para promover su declaratoria. Sin embargo, las decisiones que nieguen ese derecho pueden controvertirse ante la jurisdicción contencioso administrativa.  

 

(Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 76001233100020090051301 (19515), sep. 12/13, C. P. Martha Teresa Briceño)

 

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