Elementos considerados como armas y municiones para la defensa nacional están excluidos del IVA, siempre que cuenten con la certificación correspondiente (2:06 p.m.)
27 de Julio de 2010
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Nota:
67635
Los elementos aplicables al servicio y fabricación de bienes que se consideran armas y municiones para la defensa nacional con destino a las fuerzas militares y de la policía nacional están excluidos del impuesto sobre las ventas para efectos de su importación, siempre y cuando estén amparados por la certificación expedida por autoridad competente, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de junio. La entidad reiteró lo considerado en el Oficio 48122 del 2009, por el cual analizó los artículos 424 y 428 literal d) del Estatuto Tributario y lo expresado por el Consejo de Estado en sentencia del 21 de mayo del mismo año.
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