El registro e instalación determina la causación del impuesto a la publicidad exterior visual (3:33 p.m.)
13 de Noviembre de 2013
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Nota:
92717
Sobre impuesto a la publicidad exterior visual en Bogotá, la Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que la causación no solo está sujeta a la notificación del acto de la autoridad ambiental que otorga el registro de la valla, sino también a la realización del hecho que da origen a la obligación tributaria, es decir, la permanencia del elemento desde su instalación hasta su retiro. A juicio de la corporación, el registro determina la causación del impuesto cuando el sujeto pasivo lo solicita, mientras que cuando se instala la valla sin surtir ese trámite la causación la determina la instalación (C. P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).
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