Dian resuelve inquietudes sobre operación de arrendamiento financiero, en virtud de la Ley 1819 del 2016 (1:53 p.m.)
04 de Abril de 2018
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Nota:
60326
La Dian respondió varias preguntas relacionadas con la operación de arrendamiento financiero, en virtud de las modificaciones que al respecto estableció la Ley 1819 del 2016. Por ejemplo, frente a la inquietud relacionada con la posibilidad de que un contrato pueda calificar para fines fiscales como un contrato de arrendamiento incluso si no tiene una opción de compra en favor del arrendatario, la entidad precisó que no es viable, ya que por definición debe tener por objeto la adquisición de un activo. Para efectos fiscales, el caso hipotético se trataría de un arrendamiento operativo.
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