Dian explica qué personas naturales residentes en el exterior deben declarar renta (10:48 a.m)
17 de Julio de 2017
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Nota:
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Mediante un comunicado, la Dian hizo un llamado a las personas naturales residentes en el exterior, para que revisen si les corresponde la obligación de presentar y pagar el impuesto de renta para personas naturales año gravable 2016. Igualmente, les recuerda que deberán declarar dicho impuesto si son residentes fiscales en Colombia (residente para efectos tributarios) y ha cumplido con alguna de las siguientes condiciones: tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($ 133’889.000); ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 41’654.000); compras y/o consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículo u otros activos y/o consumos de bienes superiores a 2.800 UVT ($83’308.000); consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 4.500 UVT ($ 133´889.000) y es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable 2016.
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