Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Dian aclara valor patrimonial de bienes inmuebles heredados para impuesto de ganancias ocasionales

Los contribuyentes deben declarar inmuebles heredados por el mayor valor entre costo fiscal, avalúo catastral, autoavalúo o precio de compra.

Openx [71](300x120)

253801
Imagen
Dian aclara valor patrimonial de bienes inmuebles heredados para impuesto de ganancias ocasionales (Freepik)

Foto: Freepik

01 de Octubre de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió un concepto en el que precisó que el valor patrimonial de un bien inmueble recibido en herencia no corresponde necesariamente al asignado por los herederos en el proceso sucesorio. Según la entidad, para efectos del impuesto complementario de ganancias ocasionales, este valor debe calcularse conforme a lo dispuesto en el Estatuto Tributario, teniendo en cuenta si el contribuyente está o no obligado a llevar contabilidad.

De acuerdo con la normativa tributaria, la herencia constituye un hecho generador del impuesto complementario de ganancias ocasionales, el cual se causa en el momento en que queda en firme la providencia judicial que aprueba la partición o adjudicación. En ese sentido, la base gravable de este impuesto debe establecerse según las reglas del artículo 303 del Estatuto Tributario, que fija como referencia el valor de los bienes a 31 de diciembre del año anterior a la liquidación sucesoral. (Lea: Para efectos del impuesto de timbre, la expresión ‘enajenación a cualquier título’ comprende transferencias a título gratuito)

Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, los inmuebles deben declararse por el costo fiscal determinado bajo los parámetros del Estatuto Tributario. En el caso de quienes no están obligados, los bienes deben registrarse por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo o el avalúo catastral actualizado. La Dian aclaró que no existe libertad de elección entre estas opciones, sino que debe aplicarse el valor más alto resultante de la comparación.

Además, el concepto aclaró que el avalúo aprobado judicialmente dentro del proceso sucesorio no modifica el valor catastral del inmueble, asunto que corresponde a la UAE Catastro Distrital.

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)