Derogatoria de la sobretasa al impuesto de renta prevista en el artículo 260-11 del E.T. no afectó su aplicación para el año gravable 2006 (4:25 p.m.)
31 de Marzo de 2010
Reproducir
Nota:
65356
Si bien el artículo 78 de la Ley 1111 del 2006 derogó el artículo 260-11 del Estatuto Tributario, el cual establecía una sobretasa al impuesto de renta para los periodos gravables 2004, 2005 y 2006, este empezó a regir el 27 de diciembre del 2006, por lo que no se afectó la vigencia y aplicación de la disposición derogada para el año gravable 2006, pues la base del impuesto de renta es el resultado de hechos económicos ocurridos durante todo el año calendario. Así lo precisó el Consejo de Estado al negar la nulidad en contra de algunos artículos del Decreto 4583 del 2006, que estableció los plazos para declarar y pagar el impuesto de renta durante el año 2007 (C.P. Hugo Fernando Bastidas Barcenas).
Opina, Comenta