11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Declaran constitucional la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico (2:59 p.m.)

16 de Marzo de 2020

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Nota:
116145
La contribución especial que grava las condenas establecidas en laudos arbitrales de contenido económico, contenida en el artículo 130 de la Ley 1955 del 2019 (Plan Nacional de Desarrollo), fue declarada exequible. La Corte Constitucional recordó que el Congreso es titular de la competencia para establecer los tributos, sujetos activos y pasivos, hechos y bases gravables, tarifas y su tiempo de vigencia, cuyo límite es la igualdad y equidad tributaria. Así mismo, estableció que el arbitraje es un medio alternativo para impartir justicia y se diferencia de la justicia estatal, además de ser considerado como un privilegio que debe pagarse y costearse, por lo que el Congreso no vulneró los límites que constitucionalmente se le han impuesto. De esta manera, el dinero recaudado con esta contribución tendrá por destinación el Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, el cual es un instrumento para lograr la modernización, descongestión y bienestar de la justicia estatal (M. P. José Fernando Reyes).

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