Cuando se cuestione la nulidad de los actos de aforo se debe demandar la legalidad de la actuación (9:34 a.m.)
10 de Octubre de 2018
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Nota:
109228
Cuando el contribuyente no esté de acuerdo con la declaratoria de nulidad de los actos de aforo que realice la Administración al resolver sobre las excepciones contra un mandamiento de pago debe demandar la legalidad de esa actuación administrativa, precisó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Esto por cuanto la decisión de dejar sin efectos dichos actos desencadena en su desaparición del ordenamiento jurídico, por lo que resulta improcedente que la jurisdicción emita un pronunciamiento de fondo sobre un acto que no puede ser objeto de control de legalidad. Y ello es así por cuanto al no existir la obligación de pago del tributo no existen situaciones jurídicas particulares cuyos efectos ameriten la restauración del derecho o la reparación del daño, que es el objeto del medio de control de nulidad y restablecimiento (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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