CTCP hace precisiones sobre la causación de pagos a un trabajador que devenga salario integral (4:00 p.m.)
20 de Febrero de 2020
Reproducir
Nota:
114965
Respecto de la causación de los pagos a un trabajador que devenga salario integral y beneficios extralegales contractualmente pactados, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública indicó que es necesario tener en cuenta lo establecido en la sección 28 de la NIIF para Pymes, sobre beneficio a los empleados, norma que los clasifica en cuatro categorías: corto plazo, post empleo, largo plazo y por terminación. Respecto de los beneficios a corto plazo, es decir, salario integral, prestaciones sociales a las cuales tiene derecho el trabajador, pagos extralegales por bonificaciones o comisiones, estos deben medirse por el importe no descontado de los beneficios a corto plazo a los empleados que se espera que haya que pagar por estos servicios. Así, el reconocimiento del gasto del periodo comprenderá los valores comprometidos a pagar establecidos contractualmente, junto con los derivados de la relación laboral en las normas legales y reglamentarias.
Opina, Comenta