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Coronavirus (covid-19)Notificaciones dentro del proceso de cobro coactivo deben ser electrónicas durante la emergencia

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08 de Julio de 2020

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Mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a raíz de la propagación del coronavirus (covid-19), todos los actos administrativos, incluidos los expedidos dentro del proceso de cobro administrativo coactivo, deberán notificarse a través de los mecanismos principal y subsidiario, de ser el caso, señalados en el artículo 4 del Decreto 491 del 2020, precisó el Ministerio de Hacienda. Dicha disposición, que establece la notificación y comunicación electrónica de los actos administrativos como mecanismo principal y como subsidiario el previsto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo (CPACA), es de vigencia temporal, ligada a la duración de la emergencia sanitaria que atraviesa el país. Así mismo, agregó la entidad, no efectúa distinción alguna respecto a la naturaleza de los actos administrativos o comunicaciones a notificar. 

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