Tributario
Conozca los plazos para enviar información contable a la Contaduría General
La Contaduría General de la Nación estableció la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío para las entidades públicas sujetas al ámbito de la Resolución 414 del 2014.
01 de Septiembre de 2015
La Contaduría General de la Nación estableció la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío para las entidades públicas sujetas al ámbito de la Resolución 414 del 2014.
Inicialmente, dispuso las categorías de información y formularios de reporte, para el envío de la información contable correspondiente a:
1. Estado de situación financiera de apertura (ESFA) al 1 de enero del 2015.
2. Información elaborada en aplicación del nuevo marco normativo a reportar en el Catálogo General de Cuentas expedido mediante la Resolución 139 del 2015, a partir del primer corte del 2016.
3. Información elaborada en aplicación del nuevo marco normativo homologada al Catálogo General de Cuentas, adoptado mediante la Resolución 356 del 2007 versión 2007.14 y sus modificaciones, durante el año 2016.
Además, señaló como fecha límite de reporte del ESFA el 15 de octubre del 2015, mientras que el plazo para reportar la información financiera a partir del 2016 en el Catálogo General de Cuentas, expedido mediante la Resolución 139 del 2015, de acuerdo con las siguientes fechas de corte de presentación:
FECHA DE CORTE | FECHA LIMITE DE PRESENTACION
|
31 de Marzo | 30 de Abril |
30 de Junio | 31 de Julio |
30 de Septiembre | 31 de Octubre |
31 de Diciembre | 15 de Febrero del año siguiente al del periodo contable |
Estas mismas fechas coinciden para el reporte de la información homologada al Catálogo de Cuentas, adoptado mediante la Resolución 356 del 2007 versión 2007.14 y sus modificaciones, durante el año 2016.
(Contaduría General de la Nación, Resolución 437, ago.12/15)
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