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Conozca los conceptos de la Dian sobre deducción de regalías que fueron suspendidos provisionalmente (12:56 p.m.)

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06 de Febrero de 2018

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Un auto reciente del despacho del consejero Julio Roberto Piza suspende provisionalmente los efectos de los conceptos de la Dian: 015766 del 2005 (ya había sido excluido del ordenamiento jurídico), 023640 del 2009 y 020874 del 2016. Cabe agregar que en el escrito de la demanda Ecopetrol pidió decretar la medida cautelar respecto a los mencionados pronunciamientos de la entidad tributaria, en los cuales se concluye “que las regalías pagadas por los contribuyentes distintos de los organismos descentralizados no son deducibles”. Según el estudio preliminar del consejero, se  les asigna un alcance y una interpretación que no le corresponde al artículo 116 (deducción de impuestos) del Estatuto Tributario. En el documento adjunto a esta nota encuentre tanto el desarrollo de los conceptos como las consideraciones que tuvo en cuenta el despacho (C.P. Julio Roberto Piza).

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