Cesión de saldos a favor por obligaciones tributarias en desarrollo de un proceso de fusión es competencia de la Dian (8:10 a.m.)
20 de Junio de 2018
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Nota:
108427
Frente a una consulta sobre la posibilidad de que una sociedad con saldo a favor en la administración tributaria pueda cederlo a otra sociedad en desarrollo de un proceso de fusión, la Superintendencia de Sociedades precisó que este tema es competencia de la Dian, en los términos de los artículos 147, 815 y 850 del Estatuto Tributario, sin perjuicio del régimen concursal frente a sociedades que tramiten un proceso de recuperación. De otra parte, señaló que los presupuestos, prohibiciones, limitaciones y sanciones por el uso de la compensación en el trámite de reorganización pueden consultarse, entre otros, en los oficios 220-282481 del 2017, 220-90837 del 2013 y 220-100613 del 2015.
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