Certifican tarifas impositivas mínimas de cervezas y vinos y participación aplicable al alcohol potable con destino a la fabricación de licores (8:59 a.m.)
27 de Diciembre de 2017
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Nota:
58973
Con la Certificación 02, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda certificó los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, que aplican, como mínimo, a los productos extranjeros gravados durante el primer semestre del 2018. Los valores por unidad de 300 centímetros cúbicos son los siguientes: cervezas, $ 359,70; sifones, $ 309,12, y refajos y mezclas, $ 108,89. Las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares de producción nacional y extranjera tendrán un incremento del 4,12 %, según la Certificación 03 del 2017. Así las cosas, para licores, aperitivos y similares por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente será de $229. Para vinos y aperitivos vínicos será de $ 156 en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente, y para los productos nacionales que ingresen para consumo al departamento de San Andrés, por cada unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente será de $ 36 por cada grado alcoholimétrico. Por último, con la Certificación 04, la entidad señaló el rango de tarifas para efectos de la determinación de la participación aplicable al alcohol potable con destino a la fabricación de licores por parte de las asambleas departamentales por litro de alcohol que rige para el año 2018, el cual estará entre $ 115 y $ 458.
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