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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Certifican tarifas impositivas mínimas de cervezas y vinos y participación aplicable al alcohol potable con destino a la fabricación de licores (8:59 a.m.)

27 de Diciembre de 2017

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Nota:
58973
Con la Certificación 02, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda certificó los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, que aplican, como mínimo, a los productos extranjeros gravados durante el primer semestre del 2018. Los valores por unidad de 300 centímetros cúbicos son los siguientes: cervezas, $ 359,70; sifones, $ 309,12, y refajos y mezclas, $ 108,89. Las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares de producción nacional y extranjera tendrán un incremento del 4,12 %, según la Certificación 03 del 2017. Así las cosas, para licores, aperitivos y similares por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente será de $229. Para vinos y aperitivos vínicos será de $ 156 en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente, y para los productos nacionales que ingresen para consumo al departamento de San Andrés, por cada unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente será de $ 36 por cada grado alcoholimétrico. Por último, con la Certificación 04, la entidad señaló el rango de tarifas para efectos de la determinación de la partici­pación aplicable al alcohol potable con destino a la fabricación de licores por parte de las asambleas departamentales por litro de alcohol que rige para el año 2018, el cual estará entre $ 115 y $ 458.

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