Bienes públicos propiedad de empresas industriales y comerciales del Estado pueden ser gravados con impuesto predial (8:50 a.m.)
18 de Julio de 2012
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Nota:
82139
Los bienes públicos no pueden ser gravados con impuesto predial, a menos que sean de propiedad de establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley 55 de 1985 y confirmado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional (C-517 del 2007) y del Consejo de Estado (14226 del 19 de abril del 2007), indicó el Ministerio de Hacienda, en oficio de junio. Respecto al trámite de los proyectos de acuerdo que otorgan beneficios tributarios, la entidad señaló que deben incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las respectivas ponencias tanto los costos fiscales que implica la iniciativa como la fuente de ingresos adicional que financiará el costo del beneficio. Si la iniciativa es gubernamental y representa una reducción en los ingresos, debe contener la fuente sustitutiva que signifique el correlativo aumento.
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