13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Aviso de citación al contribuyente es un acto de trámite y no un acto administrativo (9:25 a.m.)

23 de Septiembre de 2013

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Nota:
91489
El procedimiento para la notificación de las actuaciones de la administración tributaria se encuentra regulado por el artículo 565 del Estatuto Tributario, recordó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Al respecto precisó que los actos que deciden los recursos, como el de reconsideración, deben notificarse personalmente y solo en el evento en que no sea posible se deben hacer por edicto. Según la sentencia, para efectuar la diligencia de notificación personal se debe enviar un aviso de citación al contribuyente, pero dicho aviso es el instrumento del que se vale la administración para poner en conocimiento del contribuyente la existencia de una decisión relacionada con el recurso presentado, por lo tanto, es un acto de mero trámite y no un acto administrativo (C. P. Hugo Fernando Bastidas).

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