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Aún está pendiente reglamentación de los incentivos tributarios para empresas de economía naranja y el campo (9:00 a.m.)

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23 de Agosto de 2019

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La Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), en su artículo 79, señala los incentivos tributarios a partir del 2019 para las empresas de la economía naranja, así como los beneficios para el desarrollo del campo colombiano, los cuales son: (i) que el domicilio principal y sede de administración y operación esté en el municipio en que realicen la inversión; (ii) debe tener como su objeto social exclusivo algunas de las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario; (iii) las sociedades deben ser constituidas e iniciar su actividad económica antes del 31 de diciembre del 2021 y (iv) cumplir con el monto mínimo de empleo (10) y (v) un monto mínimo de inversión de 4.400 UVT. La renta exenta será por 10 años, para las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario. No obstante, en lo que respecta a los incentivos tributarios para el desarrollo del campo será objeto de reglamentación por parte del Gobierno.

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