Así se realiza el registro contable por reintegro de incapacidades laborales (8:00 a.m.)
17 de Septiembre de 2019
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Nota:
113694
El reintegro a la entidad del auxilio por incapacidad por parte de la EPS deberá reconocerse como un menor valor del gasto, si el pago por parte de la entidad al trabajador se reconoció en la contabilidad como un gasto, o como un menor valor de la cuenta por cobrar, si esta se reconoció así al momento de realizar el pago al trabajador, y no como un ingreso de la entidad. De acuerdo con la doctrina del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, las recuperaciones de gastos y costos se consideran aquellas correcciones valorativas realizadas a los activos y pasivos que generan el uso del juicio profesional al momento de utilizar las estimaciones contables, las cuales se originan, por ejemplo, por reintegros de pagos por conceptos de incapacidades, indemnizaciones y demás.
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