14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Así esté en discusión la liquidación oficial de revisión, la DIAN puede iniciar proceso sancionatorio (4:22 p.m.)

27 de Septiembre de 2013

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Nota:
91346
El artículo 670 del Estatuto Tributario obliga al contribuyente a reintegrar las sumas indebidamente devueltas, compensadas y a pagar los intereses moratorios correspondientes incrementados en un 50 %, recordó la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Al respecto precisó que la DIAN está facultada para iniciar el proceso administrativo sancionatorio por devolución y/o compensación improcedente de saldos a favor, aún cuando esté en discusión la liquidación oficial de revisión (C. P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).

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