Así deben declarar renta las personas naturales en el exterior (4:20 p.m.)
17 de Agosto de 2018
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Nota:
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Todas las personas naturales, nacionales o extranjeras, que estén en el exterior deben revisar si les corresponde presentar declaración del impuesto de renta y complementario año gravable 2017, indicó la Dian. Si están obligadas, deben hacerlo de manera virtual haciendo uso de la firma electrónica en el Formulario 210, si se trata de residentes, y en el Formulario 110 si no son residentes (residencia fiscal). Las personas naturales que residen en el exterior deben verificar en primera instancia si son residentes fiscales en Colombia, teniendo en cuenta para ello, entre otras, las siguientes condiciones: (i) permanecer continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida, durante un periodo cualquiera de 365 días calendario y (ii) encontrarse, por su relación con el servicio exterior colombiano o con personal del mismo, exentos de tributación en el país en el que están en misión.
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