Asambleas departamentales pueden seleccionar a un único introductor para comercializar y vender licores destilados (9:00 a.m.)
31 de Octubre de 2017
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Nota:
57894
La selección de un único introductor para la comercialización y venta de licores destilados sobre los cuales un departamento ejerce el monopolio no es desproporcional ni obstruye definitivamente la libertad económica, advirtió la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Según la corporación, esta modalidad disminuye los costos de producción y comercialización, garantiza la efectividad del monopolio y el correlativo aumento de las rentas destinadas a salud y educación. Este fue uno de los argumentos que motivó la confirmación de la decisión que negó la nulidad del tercer inciso del artículo 13 y el artículo 21 de la ordenanza 674 del 2011, por medio de la cual se actualizó el Estatuto de Rentas del Departamento de Caldas (C. P. Julio Roberto Piza).
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