Tributario
Administración debe remitir a contribuyentes información veraz, para evitar violar sus derechos
31 de Marzo de 2015
La Corte Constitucional afirmó que la administración debe verificar la veracidad de la información remitida a los contribuyentes, lo cual no significa que esté exenta de cometer errores, sino que, si estos ocurren, debe corregirlos y rectificarlos.
El derecho fundamental al debido proceso, explicó, exige que al administrado se le dé una participación real y efectiva en los asuntos que lo afectan. Sin embargo, esa garantía no se materializa, a menos que se exija a todos actuar con buena fe en sus relaciones con los demás y, adicionalmente, el Estado sea consistente en los procedimientos que adelanta y en la notificación de las decisiones adoptadas.
Por ello, la corporación determinó que la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá vulneró la buena fe y la confianza legítima de una contribuyente a quien se le inició un proceso administrativo tributario por la supuesta falta de pago del impuesto predial, pese a que esta sí lo hizo.
El fallo resalta que la entidad demandada le permitió a la accionante pagar su obligación tributaria durante varios años consecutivos, sin informarle de la invalidación del pago por haberlo realizado en un formulario preimpreso con datos desactualizados, notificación que se hizo tardíamente y sin brindarle la oportunidad de intervenir en la actuación.
En efecto, la administración inició el procedimiento para sancionar a la contribuyente por un error imputable a ella misma, y no corroboró que el formulario enviado contenía el nombre de las antiguas propietarias del inmueble, lo que finalmente lesionó sus derechos fundamentales, concluyó la sentencia.
(Corte Constitucional, Sentencia T-084, feb. 25/15, M. P. María Victoria Calle)
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