Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Acreditado respecto a la información a reportar por cuentas en el extranjero se refiere a abono en cuenta (3:24 p.m.)

51584

04 de Octubre de 2016

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales resolvió algunas inquietudes relacionadas con la Resolución 60 del 2015, sobre entrega de información por parte de entidades financieras respecto a cuentas en el extranjero. Según la entidad, la palabra acreditado en la expresión “el monto bruto total pagado o acreditado al cuentahabiente” debe entenderse como abono en cuenta. Así mismo, indicó que el concepto de “participación en la deuda” debe interpretarse como aquellos pasivos externos adquiridos por las entidades financieras “de inversión” en la que tenga participación el titular. Por último, señaló que la información está enunciada de manera específica, por lo que se deberá cumplir únicamente con los conceptos solicitados para el acatamiento de la entrega de información, sin menoscabo de que por voluntad del obligado se suministre información adicional.    

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)