Tarifas del predial no pueden cambiarse durante su vigencia
Aunque las tarifas no pueden modificarse, los municipios sí tienen facultades para establecer plazos y mecanismos de pago.18 de Junio de 2026
El Ministerio de Hacienda precisó que las tarifas del impuesto predial unificado vigentes al 1º de enero son las que deben aplicarse durante toda la anualidad fiscal, por lo que no es jurídicamente viable modificarlas mediante acuerdos municipales una vez iniciado el año gravable.
La entidad recordó que en esa fecha se configura la obligación tributaria, al consolidarse los elementos esenciales del impuesto, entre ellos la tarifa y la base gravable. (Lea: Dian aclaraciones competencias frente a consultas relacionadas con aportes al Fopat nacional)
Aunque las tarifas no pueden alterarse después de la causación del tributo, los municipios sí cuentan con facultades para modificar aspectos relacionados con la exigibilidad del pago. En ese sentido, las administraciones territoriales pueden establecer nuevas fechas para cancelar el impuesto, implementar esquemas de pago por cuotas y adoptar medidas administrativas dentro de la misma vigencia fiscal.
Límites legales buscan contener aumentos del impuesto
Asimismo, Minhacienda recordó que la legislación vigente contempla mecanismos para evitar incrementos desproporcionados del impuesto predial, especialmente a través de las disposiciones contenidas en las leyes 44/90 y 1995/19. La aplicación de estos límites corresponde a las administraciones tributarias municipales, que deben analizar las características particulares de cada predio y aplicar los criterios establecidos por la normativa.
Por otra parte, la entidad señaló que la suspensión de la vigencia de la información catastral únicamente está prevista en situaciones contempladas por la Ley 14/83 y bajo condiciones económicas o sociales que afecten al municipio. Además, indicó que la Resolución 384/26 habilitó al IGAC para ajustar porcentajes de incremento en determinadas circunstancias y ofreció asistencia técnica y capacitación a las administraciones municipales interesadas en fortalecer la gestión del impuesto predial.
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