Tarifa de IVA en adiciones presupuestales al contrato estatal aplica a todo tipo de adición (8:12 a.m.)
05 de Mayo de 2017
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Nota:
55733
Frente a una consulta relacionada con la tarifa del impuesto sobre las ventas en caso de adiciones presupuestales en contratos estatales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó que la expresión del artículo 192 de la Ley 1819 del 2016 “si tales contratos son adicionados, a dicha adición le son aplicables las disposiciones vigentes al momento de su celebración” hace referencia a todo tipo de adición al contrato estatal y no únicamente a los contratos adicionales, entendidos como aquellos que modifican agregando algo nuevo al alcance físico inicial del contrato, generando una ampliación del objeto contractual, es decir, abarca todo tipo de ajuste al valor del contrato que modifique el inicial.
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