Tareas pendientes al finalizar el contrato darían lugar a retribución económica para el contador
28 de Abril de 2020
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Nota:
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Es recomendable que al finalizar el contrato de prestación de servicios el contador público y la administración de una entidad elaboren un acta de entrega en la que consignen los asuntos pendientes y, así mismo, que se planifique el tiempo y los recursos necesarios para realizar esta actividad. Así las cosas, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, si la administración requiere que se completen tareas que han sido iniciadas pero no terminadas debe considerar que el contador tiene derecho a percibir una retribución económica, de acuerdo con su capacidad científica y técnica y según los términos del contrato celebrado entre las partes. De otra parte, señaló la entidad, se tendrán en cuenta las normas legales que regulan la finalización del contrato de trabajo, si es el caso.
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