Suspenden provisionalmente normas relacionadas con los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
03 de Mayo de 2021
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Nota:
120338
Por medio de un auto, la Sección Cuarta del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la expresión: “Como consecuencia de lo anterior, este despacho entiende que la distribución de utilidades en acciones o cuotas de interés social son un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, aunque a dichas utilidades les es aplicable la tarifa de dividendos y participaciones establecidas en los artículos 242, 242 – 1 y 245 del Estatuto Tributario (E. T.)”, del párrafo 2.7 del Oficio 001171 del 2019 de la Dian. Igualmente, la suspensión provisional de los párrafos 10 a 12 del Oficio 014495 del 2019 de la Dian. Según la Corporación, los artículos 242, 242-1 y 245 del E. T. aplicables a todos los dividendos, aunque sean distribuidos en acciones y a todas las capitalizaciones de utilidades, desatienden lo dispuesto en el artículo 36-3 del E. T., que dispone que este tipo de ingresos no son constitutivos de renta ni ganancia ocasional, por ello se decretó la medida cautelar indicada (C. P. Milton Chaves García).
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