Solo forman parte del valor agregado nacional las materias primas e insumos que tengan desgravación total
07 de Abril de 2021
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Nota:
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Teniendo en cuenta que el artículo 485 del Decreto 1165 del 2019, sobre valor agregado nacional, no considera expresamente que las materias primas e insumos con desgravación parcial hacen parte de dicho valor, únicamente forman parte aquellas materias primas e insumos que tengan desgravación total, siempre y cuando dichos productos cumplan con los requisitos de origen exigidos, indicó la Dian. Se considera como valor agregado nacional la mano de obra, los costos y gastos nacionales en que se incurra para la producción del bien, el beneficio y las materias primas e insumos nacionales y extranjeros que estén en libre disposición en el resto del territorio aduanero nacional que se introduzcan temporal o definitivamente para ser sometidos a un proceso de perfeccionamiento en zona franca. El artículo 483 establece la forma como deben liquidarse los tributos aduaneros frente a mercancías fabricadas, producidas, reparadas, reacondicionadas o reconstruidas en zona franca.
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