Solo forman parte del valor agregado nacional las materias primas e insumos que tengan desgravación total
120687
07 de Abril de 2021
Escucha esta noticia audio generado con IA
Teniendo en cuenta que el artículo 485 del Decreto 1165 del 2019, sobre valor agregado nacional, no considera expresamente que las materias primas e insumos con desgravación parcial hacen parte de dicho valor, únicamente forman parte aquellas materias primas e insumos que tengan desgravación total, siempre y cuando dichos productos cumplan con los requisitos de origen exigidos, indicó la Dian. Se considera como valor agregado nacional la mano de obra, los costos y gastos nacionales en que se incurra para la producción del bien, el beneficio y las materias primas e insumos nacionales y extranjeros que estén en libre disposición en el resto del territorio aduanero nacional que se introduzcan temporal o definitivamente para ser sometidos a un proceso de perfeccionamiento en zona franca. El artículo 483 establece la forma como deben liquidarse los tributos aduaneros frente a mercancías fabricadas, producidas, reparadas, reacondicionadas o reconstruidas en zona franca.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!